¿El seguro de sepelio cubre los fallecimientos repentinos?

martes 13 ene 2026

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En Perú, una de las dudas más frecuentes al contratar un seguro de sepelio es si la póliza cubre un fallecimiento repentino, es decir, una muerte inesperada y sin una enfermedad previa conocida. En la gran mayoría de los casos, sí está cubierto, ya que el objetivo principal del seguro es garantizar el servicio funerario sin importar si la muerte fue imprevista.

Antes de contratar, siempre es recomendable comparar seguros de sepelio para verificar cómo responde cada compañía ante este tipo de situaciones.

¿Qué se considera un fallecimiento repentino?

Se considera fallecimiento repentino aquel que ocurre de manera súbita, inesperada y sin que exista una enfermedad diagnosticada que haga prever la muerte. En Perú, los casos más habituales son:

  • Infarto o muerte súbita
  • Derrame cerebral
  • Accidentes de tránsito
  • Caídas o golpes graves
  • Complicaciones médicas inesperadas

No se trata necesariamente de una muerte violenta ni de un hecho delictivo; simplemente ocurre sin aviso previo.

¿Está cubierto por el seguro de sepelio?

Sí. En la práctica, la mayoría de los seguros de sepelio en Perú cubren los fallecimientos repentinos porque forman parte de los riesgos normales contemplados por la póliza.

Esto implica que:

  • Se activa el servicio funerario completo
  • No existe carencia para el sepelio
  • La familia no debe adelantar dinero
  • La funeraria se coordina directamente con la aseguradora

El seguro entra en funcionamiento desde el primer momento, igual que si el fallecimiento hubiera sido por una enfermedad.

¿Cómo influye la causa de la muerte?

Aunque el fallecimiento sea inesperado, el tratamiento depende de su origen. En términos prácticos, el seguro responde así:

Causa del fallecimiento ¿Cubre el seguro? Observaciones
Muerte natural súbita Servicio completo
Accidente Incluido en la póliza
Enfermedad previa No afecta al sepelio
Investigación judicial Parcial La autopsia no la paga el seguro

El servicio funerario se presta casi siempre. Lo único que puede cambiar es el momento en que se inicia.

¿Qué ocurre si hay intervención policial o judicial?

Cuando un fallecimiento repentino requiere investigación (por ejemplo, un accidente o una muerte dudosa), el procedimiento es:

  • La Fiscalía o la Policía ordena una autopsia
  • El cuerpo permanece en la morgue
  • El seguro no puede intervenir hasta que haya autorización judicial
  • Una vez liberado el cuerpo, el seguro activa el sepelio

La autopsia no la paga el seguro, pero el entierro, cremación, traslado y trámites sí están cubiertos.

Conclusión

En Perú, el seguro de sepelio sí cubre los fallecimientos repentinos en casi todos los casos, ya que forman parte de la cobertura básica del servicio funerario. La atención suele ser inmediata y sin periodos de carencia.

Para evitar dudas y problemas en un momento tan delicado, lo mejor es revisar bien la póliza y comparar seguros de sepelio antes de contratar, asegurándote de que la protección sea completa para tu familia.